SAIA UFT
Asignatura: Redacción Jurídica
LA REDACCIÓN JURÍDICA
Dentro de la carrera de derecho, la redacción es muy importante, puesto que como proceso
organizado, de manera jerárquica y concatenada no solo permite darle al texto
una estructura lógica, sino lo enriquece, nutriéndose de la creatividad,
estrategias cognitivas, aprendizajes previos sobre la temática, sentimientos,
valores, ideología de quién escribe, así como de aspectos referenciales
relacionados con el contexto en el cual se leerá el escrito, lo cual a su vez,
orienta su propósito, a quien va dirigido.
En este sentido, la importancia de esta es concebir la
comunicación escrita como una actividad esencial en el proceso de aprendizaje y
de allí que sea de gran significación lograr una redacción fluida sobre todo en
el ámbito jurídico debido a que es necesario que los escritos estén redactados
de manera correcta y bien argumentados. A continuación, se presentan una serie
de tópicos que permiten desarrollar este tema tan relevante para la profesión
del Abogado.
El Lenguaje Jurídico
Este término se refiere al conjunto de
términos y expresiones que indican principios, preconceptos y reglas a que
están sometidas las relaciones humanas en toda la sociedad civil, y constituyen
conceptos jurídicos que se diferencian del concepto general o común, por eso,
la mayor parte del vocabulario jurídico proviene del latín, entre las palabras
mas usadas en la carrera de derecho estan: civil, legal, legitimo, sanción,
usufructo.
En este lenguaje, cada uno de nosotros es capaz de entender
un texto y recordar lo leído, revisar
los elementos que no contiene, para evaluar críticamente los contenidos, por
eso cuando la redacción es defectuosa, se tiene serias dificultades para
comprender lo escrito; y tendremos que hacer que hacer un esfuerzo adicional
para entender el mensaje incluido en las palabras, verbo, puntuación o carencia
de sintaxis.
Tecnicismo Jurídico
Respecto a este punto, es lo técnico del lenguaje jurídico,
se muestra como un conjunto de voces
técnicas empleadas y en este caso, posee tecnicismos propios, y como se
menciono, muchos de sus vocablos que se usan proceden del latín e incluso del
derecho romano, por ejemplo: alevosía,
pena, apalear, eximente, penal, código, fallo, procesal, cómplice, hurto,
reclusión, confinar, infracción, reglamento, considerandos, injuria,
resultandos, decreto, jurisconsulto, sanción, delincuencia, jurisdicción,
sancionar, delito, jurisprudencia, secuestro, desacato, jurista, sentencia,
difamación, orden, tribunal.
El Tecnolecto
Esta palabra, comprende un conjunto de palabras y locuciones
propias del lenguaje profesional, definido como el conocimiento que tienen las
personas, sobre las propiedades y capacidades tecnológicas, por cuanto es cada
parte de la tecnología que se aplica en la vida forma una capacidad de uso
tecnológico.
Importancia de la Terminología Jurídica, Técnica y
Científica
De acuerdo con la investigación realizada, lenguaje científico o técnico, el lenguaje
jurídico manifiesta un cierto conservadurismo y una marcada inclinación hacia
los términos de origen latino, aunque no falten los de otras procedencias, ya
que el lenguaje técnico o científico, se caracteriza por el incremento
constante de su léxico y por su marcada preferencia por formantes griegos e
ingleses, sin embargo hoy en día, se
observa la presencia de tecnicismos y palabras técnicos de origen inglés,
italiano y francés, en el léxico que regula las relaciones internacionales, la
industria, las comunicaciones o la política, incluso en la jurídica, debido a
la globalización y de avances en otras disciplinas y ciencias, como la
biología, la química, la física, las ciencias sociales, entre otras con nuevos
tecnicismos con consecuencias de orden jurídico.
Razonamiento Jurídico. Argumentos Lógicos. Convincentes. Vicios de la Argumentación
Con relación a este primer elemento, este tipo de razonamiento, es una
estructura de pensamiento que no solo incluye elementos de la lógica formal,
sino también de la lógica dialéctica, lo que permite comprender la necesidad de
un análisis desde la Filosofía del Derecho como de la Teoría General del
Derecho, por lo que a través de esta se busca encontrar una solución ante un
conflicto surgido, por medio de las aplicaciones de unas normas o leyes, que
esté, por supuesto, debidamente justificada y argumentada para así evitar
desacuerdos, dando importancia al uso de ciertos principios de la base
ideológica y valorativa de lo que es el orden jurídico como a los que están
recogidos de manera expresa en las normas y leyes y para ello se considerar los principios y de
las reglas de redacción vigentes así como las reglas jurídicas existentes son
objeto de interpretación mientras que los principios jurídicos lo son únicamente
de ponderación, los principios se usan y aplican de acuerdo a la lógica de la
preferencia.
Este razonamiento, es desarrollado comúnmente por abogados ,
jueces y legisladores, siempre en concordancia
con la norma jurídicas vigentes o que, incluso, puedan convertirse en
una de ellas después de atravesar los pasos necesarios para la promulgación, y
en sus diferentes formas como el lógico,
que se impone a través del razonamiento o desde el intelecto, y puede ser
deductivo o inductivo; el retorico, cuyo objetivo es persuadir y el razonamiento puramente jurídico que se
sustenta en presunciones o elementos prefijados en la legislación
Argumento Lógico
Partiendo de la investigación realizada, es un
conjunto de premisas seguidas por una conclusión, sea solido o persuasivo,
cuando es válido y con premisas verdaderas, es llamado argumento sólido, y es
persuasivo de alguna otra manera busca ser válido, aunque un argumento, no
necesariamente puede ser sólido o persuasivo para ser un argumento. Por
ejemplo: “Está haciendo calor” es un ejemplo de argumento
El Argumento Convincente
Un argumento es convincente cuando
demuestra su validez, y para ello es necesario conocer un conjunto de formulas
para el razonamiento lógico, por ejemplo:
a) Un argumento
puede ser válido con premisas y conclusión verdadera.
b) Un argumento
puede ser válido con premisas falsas y conclusión verdadera
c) Un argumento
puede ser válido con premisas y conclusión falsas.
d) Un argumento
puede NUNCA SERA VALIDO con premisas verdaderas y conclusión falsa.
A continuación se presentan algunos ejemplos de los tipos de razonamientos antes señalados:
- Todos los hombres son seres inteligentes (Premisa mayor), Pedro es hombre (Premisa menor); Por lo tanto Pedro es inteligente (Conclusión)
- La constitución es la ley principal en el país. (Premisa mayor); Todas las demás leyes son inferiores a la constitución y derivan de ésta (Premisa menor); El código penal es una ley secundaria y obliga a todos a cumplirla (Premisa menor); El código penal es una ley que deriva de la constitución y por tanto debe ser obligatoria. (Conclusión)
- La ley dice que pueden y no pueden hacer las personas particulares. (Premisa mayor); La ley no prohíbe que una persona camine en la noche cuando quiera. (Premisa menor); La ley permite que todos caminen de noche cuando quieran. (Conclusión)
- En la Asamblea Nacional laboran los diputados (Premisa mayor); María labora en la Asamblea Nacional (Premisa menor); Ahora María es Diputada de la Asamblea Nacional” (Conclusión)
Argumento Contrario Sen-su
Es un argumento que se basa en el aspecto lingüístico o gramatical en el
que se enfatiza la literalidad como aparece en forma explícita. Está ligado en
forma estrecha al principio de la plenitud del ordenamiento y es una exigencia
impuesta por este.
Vicios en la Argumentación
Estos vienen a ser la debilidad en la
redacción jurídica y pueden ser las falacias, el paralogismo y el sofisma entre
otros
Falacias: Como es
conocido, son razonamientos incorrectos que tienen la apariencia de ser
correctos, caracterizados por su aceptación en la sociedad, pues psicológica
mente parecen ser persuasivos, ya que presentan un manejo emocional del
lenguaje que los reviste de una aparente corrección. utilizan sin control las
funciones del lenguaje y pueden ser formales e informales.
Paralogismo: Es un razonamiento falso, sinónimo de sofisma,
pero sin su carga ofensiva: se comete de buena fe, pues no hay intención
explícita de confundir.
Sofisma: Es una argumentación mediante la cual se intenta
defender una falsedad y con la intención de mantener el convencimiento de la
misma, se elabora de acuerdo con las
reglas de la argumentación lógica, pero siempre lleva a una conclusión
inaceptable porque es absurda o porque se emplean de un modo intencionadamente
erróneo las reglas de deducción, se fundamentan en un empleo incorrecto de las
reglas de la deducción lógica.
Ejemplo: confundir lo relativo y lo absoluto, reunir varias cuestiones diferentes en una sola, ignorar las consecuencias.
Ejemplo: confundir lo relativo y lo absoluto, reunir varias cuestiones diferentes en una sola, ignorar las consecuencias.
Fallas en un razonamiento:
1. Porque iniciamos el razonamiento con afirmaciones
falsas o inciertas, como si fuesen afirmaciones verdaderas y ciertas, es decir
falla en las premisas.
2. Porque el procedimiento es inferencia es incorrecto, es decir, falla en el procedimiento.
Por ello, no todos los razonamientos inválidos se llaman falacias, solo aquellos que tienen cierta apariencia de razonamiento válido, y por ello son capaces de producir engaño, por lo tanto, son los argumentos inválidos que están revestidos de una apariencia solapada, sin en embargo a través de la refutación, se puede destruir la razón del adversario, o que se propone poner al descubierto la falacia o falacias presentes en el argumento del contrario.
2. Porque el procedimiento es inferencia es incorrecto, es decir, falla en el procedimiento.
Por ello, no todos los razonamientos inválidos se llaman falacias, solo aquellos que tienen cierta apariencia de razonamiento válido, y por ello son capaces de producir engaño, por lo tanto, son los argumentos inválidos que están revestidos de una apariencia solapada, sin en embargo a través de la refutación, se puede destruir la razón del adversario, o que se propone poner al descubierto la falacia o falacias presentes en el argumento del contrario.
La redacción Jurídica. Concepto,
Características
Redacción Jurídica. Es poner orden, a través de esquemas, mapas
conceptuales el conjunto de palabras y de ideas, para expresarlas de forma
escrita, con exactitud y originalidad, unos hechos determinados causados por
una cuestión legal o judicial, para alcanzar el correspondiente fin legal, sea
abogado, juez, parte contraria o cliente.
Características de la Redacción
Jurídica
- Claridad: Expresión de las ideas y conceptos de tal manera que se facilite una buena lectura y con esas Líneas se capten las ideas conforma se quisieron expresar.
- Precisión: Expresión exacta del asunto; sin rebuscamiento inútiles ni información de más, pero también sin omitir conceptos importantes, sin necesidad de hacerlo tan reducido, con el uso correcto de los datos.
- Propiedad: La utilización correcta de las palabras, construyendo las frases conforme a las reglas gramaticales; usando solo los vocablos adecuados, de acuerdo al significado, la escritura y la pronunciación que se les quiere dar a las palabras.
- Concisión: Expresión con el menor número de palabras los pensamientos, ideas y conceptos referentes al tema, sin que por ello se le reste claridad ni precisión respecto a su contenido.
- Sencillez: A través de esta característica, se redactan las ideas, los conceptos, hechos y aportaciones con naturalidad; en el uso del lenguaje, utilizando frases y palabras simples sin tecnicismos inútiles, ni con frases o palabras presuntuosamente elevadas que suponen mayor cultura.
- Asertividad: Decir, hacer o expresar lo adecuado en el momento oportuno y con ello acierta a lo que se está tratando, pero además con esto se benefician tanto el que lo escucha como al que lo expresa, con el uso de palabras adecuadas, exactas y con el significado preciso y claro a lo que se quiere indicar.
- Tono y fuerza: Forma de redactar, la intensidad que se le dé al escrito y la profundidad con la cual se expresen los términos plasmados en un documento, es lo llamado tono del escrito, es el tono que se le quiere dar a lo que se escribe, con el objeto de ser entendido de esa forma, y va a depender del estilo y destino de la redacción.
Redacción de Documentos más
Usuales. Reglas de la Construcción Lineal o Regular
Redacción de Documentos Jurídicos
Cuando se redactan documentos
jurídicos, deben seguirse las normas elementales para la redacción de
documentos, debe en todo momento, sea a
nivel de notaría, a nivel de registro o a nivel de tribunal, tratar de no cometer
errores ortográficos o mala indicación de términos jurídicos, para evitar que
sean devueltos por mala utilización de términos y errores.
Normas elementales para la redacción
de documentos jurídicos
- Se debe evitar la utilización de errores ortográficos y términos jurídicos no adecuados en la redacción de documentos se a nivel de Notarías, Registros o Tribunales.
- Con respecto al copiado de documentos, la parte delantera, debe constar o poseer 30 líneas y la parte posterior de dicho documento , debe poseer hasta 34 líneas.
- Se debe considerar el contenido algunos artículos de la legislación venezolana que amparan la buena redacción jurídica de los profesionales del derecho y me permito copiarlos para dejar esta información relevante para los usuarios, estudiantes.
- El artículo 25 C.P.C. establece que: "Los actos del Tribunal y de las partes, se realizarán por escrito. De todo asunto se formará expediente separado con un número de orden, la fecha de su iniciación, el nombre de las partes y su objeto. Las actuaciones deben observar el orden cronológico, según la fecha de su realización y la foliatura del expediente se llevará al día y con letras, pudiéndose formar piezas distintas para el más fácil manejo, cuando sea necesario".
- De igual manera el artículo 1.357 C.C.V. indica: "Instrumento público o auténtico es el que ha sido autorizado con las solemnidades legales por un Registrador, por un Juez u otro funcionario o empleado público que tenga facultad para darle fe pública, en el lugar donde el instrumento se haya autorizado".
- El artículo 1.358 CCV. "El instrumento que no tiene la fuerza de público por incompetencia del funcionario o por defecto de forma es válido como instrumento privado, cuando ha sido firmado por las partes".
- También, el artículo 9° de la LOPA. -Los actos administrativos de carácter particular deberán ser motivados, excepto los de simple trámite o salvo disposición expresa de la Ley. A tal efecto, deberán hacer referencia a los hechos y a los fundamentos legales del acto.
- De acuerdo a lo establecido en la Ley de Abogados, los profesionales del Derecho deben participar en la elaboración de los documentos. El artículo 16 Código de Ética del Abogado:”Ningún abogado permitirá que sus servicios o bien su nombre sean usados de modo que personas legalmente desautorizadas para el ejercicio del derecho puedan practicarlo. El abogado se abstendrá de suscribir y visar documentos en cuya redacción no haya participado".
Organización de las ideas. El orden de las palabras en la oración. Uso de tiempos verbales: uso correcto del gerundio.
Organización de ideas: cuando se redactan documentos jurídicos es
necesario, tomar en cuenta, la estructura externa, y la estructura interna,
que no siempre deben coincidir, por lo que
en un texto escrito es la disposición de los enunciados en capítulos,
apartados y párrafos.
Construcción de oraciones: esta
acción se refiere al orden y cantidad de palabras que es posible emplear al
enunciar las oraciones.
Orden de las palabras en la oración:
forma parte de la construcción de oraciones y es la agrupación la las palabras en un texto,
según ciertas leyes internas de la lengua que determinan su sintaxis dentro del
sintagma nominal y del sintagma verbal, y también la relación de las oraciones
en el periodo o en el párrafo, los elementos de las oraciones pueden ser dispuestos
de diversos modos, siempre que no contravengan las normas que impone la propia
naturaleza de la lengua, lo cual afectaría la comprensión del pensamiento
expresado.
Ejemplos:
Mañana trabajaremos ....................................trabajaremos mañana
Sí llueve, no iré a tu casa….. No iré a tu casa,
sí llueve
Cabe destacar que, el idioma español, permite muchas
libertades constructiva entre palabras, la gramática, atendiendo a la propia
naturaleza del idioma y a la jerarquía de sus elementos, ha determinado,una
forma de construcción llamada regular o lineal, otra variante aceptada también
por la gramática , pero que no se rige a las normas de la construcción lineal,
es llamada sintaxis figurada o construcción envolvente.
La sintaxis regular establece las siguientes normas importantes para este tema:
a) En cuanto a la colocación de las
palabras:
- El artículo precede siempre al sustantivo: ejemplo el amigo, las reuniones.
- Los adjetivos van junto a los sustantivos, unas veces precediéndolos, como sucede con los epítetos y los que tienen un carácter determinante como los demostrativos, posesivos, numerales, entre otros. Ejemplo: perro bravo, este cachorro, mis primos, siete lápices;
- Los adverbios se colocan junto a los verbos a los cuales se refieren, algunas veces antes, como: Ejemplo: No camines. Quizás vendrá, aunque la mayoría de las veces se colocan después. Cuando determinan el grado o intensidad de los adjetivos y de otros adverbios, se colocan siempre antes.
b) En cuanto a la colocación de los
miembros constituyentes de la oración y el orden jerárquico de sus
complementos:
- El sujeto con todo sus modificadores debe preceder al predicado: La noche silenciosa (sujeto) avanza sobre la aldea (predicado).
- En el predicado, el verbo debe preceder a todos los complementos: El estudiante(sujeto) dio(verbo) el recado(complemento directo) a su profesor(complemento indirecto) demasiado tarde. (complemento circunstancial)
c) En cuanto a la colocación de los
elementos coordinado y subordinados:
- En la coordinación, la construcción regular está determinada por la secuencia lógica del pensamiento, manifestada en las relaciones sintácticas que establece los elementos coordinantes, según su valor conceptual: Pedro y Juan deben estudiar lo suficiente,
- En la subordinación de oraciones, la colocación de los elementos subordinados se rige, en la construcción regular, por las normas correspondientes a las categorías de palabras que ellos representan, en el sustantivo, adjetivo, adverbio: Los señores que no se conocen han de caminar para encontrarse
La sintaxis regular exige, además,
que todos los electos de las oraciones estén expresos.
Hipérbaton: que consiste en colocar los
electos oracionales en una sucesión que altera el orden regular, pero que es
comprensible. Ejemplo: “De un reloj se
oía compasado el péndulo”
Elipsis: que consiste en omitir
voces innecesarias para la comprensión del mensaje expresado en un texto o
enunciado. En idioma español, la elipsis más frecuente es la del sujeto
Ejemplo: “Cultivo una rosa blanca, en julio como en Enero”
Vicios en la construcción:
Los errores de la construcción de
oraciones es llamado solecismo, y los más frecuentes son:
- No establecer correctamente las relaciones de concordancia: los profesor por los profesores.
- Ejemplo inadecuado de formas verbales: Hubieron varios ausentes, por Hubo varios ausentes.
- Mal uso de las variantes pronominales: volví en sí, por Volví en mí.
- Adición de voces innecesarias o pleonasmos viciosos: subir para arriba por subir
Otros vicios de construcción son los
siguientes:
Anfibología o ambigüedad. Consiste
en el empleo de determinadas construcciones que pueden interpretarse con dos
sentidos. Ejemplos: El abogado se fue con Jorge en su auto (¿el auto de de
quién?)
Cacofonía: consiste en una
construcción en la cual se agrupan diversos sonidos que producen efecto al oído
cuando se unen. Ejemplo: Cuéntame cómo cayó en cuenta
Uso de los Tiempos Verbales: El uso
correcto del gerundio:
Gerundio: Es la forma verbal impersonal que expresa
simultaneidad o anterioridad de la acción con el tiempo en que se habla
Normas de uso del gerundio:
1.
El sujeto del gerundio debe coincidir con el sujeto de la oración
principal
Correcto: El estudiante defendió sus
tesis apoyándose en los datos aportados por el jurado (es el mismo sujeto, el
estudiante, quien defiende y se apoya). Incorrecto: Nos encontramos a los
profesores discutiendo en la coordinación (el sujeto es “nosotros” pero el
gerundio se refiere a los profesores).
La ambigüedad se eliminaría si
dijéramos: Nos encontramos a los profesores, que estaban discutiendo en la
coordinación.
2.
La acción del gerundio debe ser anterior o simultánea a la del verbo
principal, para evitar el gerundio de posterioridad.
Correcto: Ayer compramos arroz
andando en el centro de la ciudad (el sujeto concuerda –nosotros- y ambas
acciones son simultáneas –andar y comprar arroz)
Incorrecto: La víctima fue agredida
en su casa, muriendo horas después en el hospital. Es el llamado gerundio de
posterioridad. Lo correcto sería: la víctima fue agredida en su casa y murió
horas después en el hospital.
3.
La acción que expresa el gerundio debe interpretarse como una
circunstancia, sea de tiempo, modo o condición de la acción del verbo
principal, con ello, el objetivo del gerundio es siempre de complemento
circunstancial, por lo que el uso del gerundio será correcto si expresa en qué
momento, de qué modo, por qué motivo o con qué condición se da la acción
principal.
4. El
gerundio es un modificador del verbo y, por tanto, no puede calificar a un
sustantivo.
Ejemplo: Incorrecto: El abogado
llego temprano escribiendo el escrito de descargos
Errores más Comunes en la Redacción
Jurídica. El Queísmo y el Dequeismo.
El Dequeísmo: Es una definición que particularmente es
utilizada en la gramática para mencionar la expresión incorrecta del "DE
QUE". Esto a su vez, se refiere a la mala complementación de la palabra
"de" la cual hace alusión a un preposición junto a "que",
la cual es alusiva a conjunción, dentro de una misma oración.
El Queísmo: Es referida a la supresión indebida de una preposición delante de la conjunción, cuando dicha preposición sea exigible. Ejemplo: Incorrecto: Me alegro que me lleves las carpetas , Correcto: Me alegro de que me lleves las carpetas
El Queísmo: Es referida a la supresión indebida de una preposición delante de la conjunción, cuando dicha preposición sea exigible. Ejemplo: Incorrecto: Me alegro que me lleves las carpetas , Correcto: Me alegro de que me lleves las carpetas
Existen, aspectos que
demuestran el mal uso de las palabras,
frases, oraciones y párrafos en la redacción jurídica, entre ellas se
encuentran; el Barbarismo, solecismo,
pleonasmo, cacofonía, anfibología u obscuridad, extranjerismos, las
construcciones absolutas de pasado, la acumulación de locuciones prepositivas
el hipérbaton y los Arcaísmos, de las cuales se mencionan las siguientes no
explicadas anteriormente:
El Barbarismo: consiste en la mala
pronunciación y escritura de los vocablos impropios, y en la gramática
tradicional el barbarismo es determinado como un vicio del lenguaje. Ejemplos: aigre por aire;
amolestaciones por amonestaciones; haiga por haya; jui por fui. Tipos de Barbarismo: están el
prosódico; el analógico, el sintáctico y el ortográfico.
El Solecismo: Consiste en el erróneo uso lingüístico debido
a la inadecuada utilización de la lengua bien sea en el aspecto léxico o
sintáctico.
El Pleonasmo: Se refiere a la
expresión en la cual aparecen una o más palabras redundantes. Ejemplo: Entra para adentro
La Cacofonía. Consiste en el efecto
sonoro producido por la cercanía de sonidos o silabas que poseen similar
pronunciación. Ejemplo: Tres tristes tigres
tragaban trigo en un trigal.
La Anfibología: Se refiere al uso de
frases o palabras con más de una interpretación. Ejemplo: Jose Luis fue al Gimnasio
de Carlos con sus Zapatos.
entonces: ¿Con los zapatos de
quien fue al Gimnasio? El Extranjerismo. consiste en la
expresión en que un idioma toma del otro. Ejemplo:"OK", Ahora te
llamo por teléfono
El Tecnolecto: consiste en aquella
recolección de recursos de un idioma que facilite la interacción y comunicación
entre miembros de algún ámbito profesional. Ejemplo: En derecho, se expresa lo
siguiente: jurisprudencia, expediente, alegatos, juicio, documento, entre
otros. En medicina se expresa lo
siguiente: Hemoglobina, leucocitos, hematocritos, hematóloga estas expresiones
son las que caracterizan a la medicina, en Ingenieria, se expresa lo siguiente:
Calculo, herramienta, cables, altura, profundidad, entre otros.
Locuciones prepositivas: Son
expresiones formadas por un adverbio y una preposición que funcionan igual que
las preposiciones Pueden estar formadas por sustantivos adverbializados y, en
ocasiones, por adjetivos Son numerosas y su uso es cada vez más frecuente
Pueden presentar valores nocionales, espaciales o temporales
El Hipérbaton: Es una figura retórica en la cual se altera
la sintaxis habitual de una oración, principalmente con fines de énfasis. Se distinguen cuatro tipos de
hipérbaton:
La tesis: que consiste en intercalar
una palabra entre dos elementos de otra compuesta;
El paréntesis: que consiste en introducir en una frase una
interjección u oración con entonación distinta;
La anástrofe: Consiste en posponer la preposición al
sustantivo cuyo caso rige, y
La histerología: que consiste en alterar el orden de las
palabras y decir primero lo que debería ir después.
Arcaísmos: Consiste en expresiones o palabras del español antiguo, que se
utilizan frecuentemente como si fueran parte del lenguaje actual, se utilizan
algunas palabras que han desaparecido de la lengua española, pero que en los
países latinoamericanos se siguen usando en el habla cotidiana, esto mediante
sinónimos o variantes modernas de la misma palabra, es también, un elemento ampliamente usado en una época
pasada, y que en gran parte ha caído en desuso y que se usa sólo marginalmente
en el presente, en contextos muy específicos, o con fines especiales.
Redacción jurídica de textos y sus
errores más comunes. Recomendaciones
También es frecuente que se cometan otros,
que están relacionados directamente con
los signos ortográficos, la sintaxis y la gramática, por lo cual, es necesario
evitarlos, y para ello se deben conocer las pautas generales, entre ellos los
siguientes:
Respecto a la puntuación, la COMA,
señala una pausa breve, y no debe
abusarse de su uso para no complicar el texto; el PUNTO Y COMA, indica una pausa entre dos
periodos que no son claramente autónomos, y el PUNTO, señala el fin de una oración.
Asimismo, en la oración, el sujeto y
el predicado han de ir juntos, no se han de separar por coma, ni en el caso de
sujetos largos.
Los acrónimos, siglas y
abreviaturas, pueden ponerse sin punto (UCLA, UFT, CRBV)
Los plurales de las abreviaturas, si
requieren punto en los plurales
(VV., RR., uu., mm.).
En cuanto al plural de las siglas,
son invariables en la escritura (“las ONG”, “varias ONG”; “muchos CD”), aunque
en el uso oral tiendan a tomar marca de plural (“oenejés”, “cedés”).
Es recomendable, desarrollar con
letras los números, en vez de colocar las cifras arábigas (escribiendo “los
años ochenta” en vez de “los años 80”), a menos que tengan decimales o sean
números muy altos, caso en el que se copiarían los números.
En cuanto a los nombres de personas,
en principio, deben respetar la fórmula original con la que firmase cada quien,
sin ser traducidos al castellano, excepto, salvo en casos donde se usen otros
alfabetos, como el griego, alemán o el
chino.
Respecto a los los nombres de países
y de ciudades, sí se traducen cuando en castellano cuentan con la
correspondiente traducción. Por ejemplo, al redactar en esta lengua se debe
escribir Londres (no London), Inglaterra (no England), o Pekín (no Beijing).
Con respecto al uso dado en lugares de España, hay diversas normas que entran
en contradicción.
En cuanto a los latinismos, in situ,
ad hoc, in alvis, deberán colocarlas en cursivas in situ, ad hoc, in alvis.
pero si ya forman parte de nuestra lengua se pueden colocar normalmente.
Las comillas pueden utilizarse por
diversas causas, por motivos de claridad, cuando se desean recalcar en cursivas
algunos elementos del texto sobre palabras entrecomilladas, por ejemplo, las
cursivas en una cita, del mismo modo, son útiles para combinar con
cursivas. Debe evitarse el uso excesivo
de comillas, es otro mal común, pero hay casos donde se requiere su uso, aunque
en muchos casos tienden a sustituirse por cursivas, para aligerar la lectura.
A manera de conclusión, es importante
resaltar que la redacción jurídica constituye una herramienta de uso constante
para el profesional del derecho que le permite, no solo perfeccionarse sino
también, tener éxito en sus actividades, por cuanto le permite seguridad, confianza y sobre todo libertad de
acción.